2. Recuperación de una red adecuada de puntos de agua para el ganado que evite la concentración de la cabaña, facilitando un manejo semiextensivo de la misma. Esta red se establecerá sobre la recuperación de los aljibes, pozos y norias existentes.
5.3. Uso público:
1. Se pondrán en marcha los estudios necesarios para asegurar una adecuada ordenación y seguimiento de los procesos y actividades de uso público en el Parque Natural. 2. Se completará la dotación de equipamientos de uso público, en especial de aquellos dedicados a la información del visitante y a la interpretación de los recursos naturales y culturales del Parque Natural, de forma que la red de equipamientos se distribuya de manera homogénea a lo largo de todo el espacio, y se garantice una relación adecuada entre la demanda existente y la oferta que ofrezca la Consejería competente en materia de medio ambiente. 3. Se pondrán en marcha labores de mejora de los equipamientos de uso público ya existentes, dando prioridad a la adecuación de los contenidos interpretativos del centro de visitantes y los puntos de información existentes en el Parque Natural y a la mejora en la señalización de los equipamientos. 4. Se adoptarán medidas adecuadas para poner en valor la red de senderos del Parque Natural y, si fuera necesario, el diseño y desarrollo de nuevas rutas. 5. Se diseñarán y promocionarán rutas cicloturísticas que abarquen el mayor ámbito posible dentro del Parque Natural. 6. Edición de productos de difusión sobre la oferta de uso público y sobre los valores del patrimonio natural y cultural del Parque Natural.
5.4. Investigación, información e innovación tecnológica:
1. Elaboración de un catálogo de investigaciones prioritarias, que se difundirá en las universidades y otros centros de investigación científica, para que las consideren entre sus objetivos de investigación. 2. Promoción de programas de investigación experimental relacionados con la agricultura extensiva/tradicional (adaptación de nuevos cultivos, técnicas de manejo que mejoren la rentabilidad de la agricultura extensiva, condiciones para su desarrollo, etc.). 3. Se creará un fondo documental que facilite y dinamice las tareas de investigación, cuya sede será el Parque Natural, o en su caso la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Almería. 4. Promoción de estudios para el diseño de alternativas de recuperación, y métodos de restauración de ecosistemas alterados por actividades humanas. 5.5. Educación, sensibilización y participación ambiental: 1. Se pondrán en marcha Programas de Educación Ambiental que contribuyan al conocimiento de los recursos naturales y culturales del Parque Natural y a la concienciación de los visitantes, en especial los habitantes del entorno, de la necesidad de conservación de los valores de este espacio natural protegido. 2. Se impulsará el desarrollo de Campos de Trabajo y Programas de Voluntariado Ambiental, con el objetivo de recuperar el patrimonio natural y etnográfico del Parque Natural.
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5.6. Infraestructuras, construcciones e instalaciones:
1. Dado el excepcional valor de las construcciones y tecnologías tradicionales asociadas a la cultura del agua y de las edificaciones de carácter militar asociadas a la defensa de la línea de costa del Parque Natural, las Administraciones competentes elaborarán Proyectos de Restauración y Propuestas de Intervención de las citadas edificaciones y se establecerán programas para su rehabilitación que fomenten su uso y reutilización. 2. Se avanzará en el desarrollo de las infraestructuras necesarias para la regulación del acceso a las playas más visitadas. 3. De acuerdo con el organismo competente en la materia, se establecerán puntos de fondeo en zonas B5 con alto interés para la observación de fondos marinos, con el objetivo de facilitar y regular la actividad de buceo. 4. Se indicarán los límites de la Zona de Reserva, A2, mediante las correspondientes señales en tierra y mar, atendiendo igualmente en este último caso a criterios de seguridad en la navegación y de conservación de los valores ambientales tanto en la franja litoral emergida como en la sumergida.
5.7. Seguimiento:
1. Integrar toda la información sobre el Parque Natural en un Sistema de Información Geográfica vinculado a la Red de Información Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. 2. Realización de un Programa Anual de Actuaciones. 3. Realización de una Memoria Anual de Actividades.
ANEXO III
LÍMITES DEL PARQUE NATURAL CABO DE GATA-NÍJAR
Los límites quedan referidos a la ortofotografía digital de la Junta de Andalucía, en blanco y negro, con tamaño de píxel de 0,5 metros, y de fecha 2001-2002. Los puntos citados en la delimitación del espacio vienen dados por coordenadas UTM, en metros, referidas al huso 30.
Límite Norte:
Comienza el límite en la carretera de Retamar al faro de Cabo de Gata (AL-3115), en el punto de coordenadas UTM, huso 30, en metros, X 562490; Y 4077917, por la que continúa hasta alcanzar la margen derecha de la rambla de las Amoladeras. Asciende por dicha margen en dirección noreste hasta alcanzar la confluencia de las ramblas del Arco y del Maltés, continuando por la margen derecha de esta última hasta alcanzar la casa cortijo de Mazorque, a la que rodea por su fachada suroeste y sureste, hasta alcanzar el cruce de caminos, en el punto de coordenadas UTM, huso 30, en metros, X 568086; Y 4079644. Continúa, en dirección sureste, por el camino existente hasta alcanzar el barranco de la Curria en el punto de coordenadas UTM, huso 30, en metros, X 568480; Y 4077421. Desciende por la margen izquierda del citado barranco hasta contactar con la carretera AL-3115 continuando por el antiguo trazado de la ALP- 202 y llega hasta el cruce de carreteras Ruescas-Cabo de Gata. Desde aquí, retoma la carretera AL-3115 por la que continúa hasta el punto de coordenadas UTM, huso 30, en metros, X 569218; Y 4071113. Desde aquí continúa por el camino que, pasando junto a la cortijada de los Canos y el lindero con la finca de Michelín,
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